Cámara de Diputados aprobó nuevo tipo penal en contra de ataques a mujeres.
La Cámara de Diputados aprobó la creación del nuevo tipo penal de las lesiones en razón de género, consistente en los ataques a una mujer no necesariamente para privarle de la vida, sino para causarle alteración o daños infamantes o degradantes.
Los cambios al Código Penal Federal fueron avalados en lo general con 359 votos de todos los grupos parlamentarios. En el Código quedó establecido que se impondrán de 10 a 15 años de prisión, al que cause lesiones a una mujer en razón de su género.
Esa pena aumentará de 15 a 20 años de prisión si entre el sujeto activo (presunto responsable) y la víctima hubo relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, y que haya motivado las lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones.
A su vez esas penas aumentarán en dos tercios si para causar las lesiones se usan sustancias corrosivas o cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos y mamas.
La diputada del PRD, Mónica Bautista, recordó que México está entre los 24 países más peligrosos para las mujeres y por eso tan sólo del 1 de enero de este año al 30 de septiembre ha habido 1 millón 520 mil 779 delitos en contra de las mujeres, y hay 248 mil 426 víctimas.
Con estos cambios la Cámara emite “un mensaje muy claro de protección a las mujeres”, destacó el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (PAN).
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